La designación de las nuevas autoridades de la UCR Provincial continúa sin definirse y ahora está en la CEN. “Trayectoria y Renovación Radical” apeló el fallo dictado por la Justicia La designación de las nuevas autoridades de la UCR Provincial continúa sin definirse y ahora está en la CEN.
El proceso de elección de las nuevas autoridades de la Unión Cívica Radical (UCR) sigue un camino que al parecer no tendrá una resolución en lo inmediato, dado que este proceso se judicializó y ahora será la Cámara Electoral Nacional (CEN) que dispondrá los pasos a seguir.
Sucede que ayer, Valeria Serrano, María Paula Córdoba y Jorge Zar, en representación de la alianza “Trayectoria y Renovación Radical”, con el patrocinio letrado de Antonio Acuña, presentaron el Recurso de Apelación en contra de la Resolución Judicial Nº 1429/18 y solicitan que “la Cámara Nacional Electoral revoque la misma en todas sus partes, por ser manifiestamente arbitraria, contraria a derecho y afectar derechos constitucionales básicos, como el derecho a elegir y ser elegido en el desempeño de cargos partidarios, el derecho de igualdad ante la ley y el derecho al debido proceso”.
En el apartado sobre la “procedencia de la apelación”, los apoderados de la lista brizuelista-guzmanista señalan que “la resolución judicial que impugnamos tiene como consecuencia, -además del efecto que dejamos señalado supra- la acefalía en la conducción del partido en varios distritos y departamentos de nuestra provincia, donde la lista oponente no ha postulado candidatos, afectando una vez más la vida interna partidaria”, agregando que “sostenemos que la resolución del señor juez, -que apelamos- ha convalidado un sistemático accionar arbitrario e ilegítimo por parte de la mayoría de la Junta Electoral, que ha tenido el indudable propósito de lograr el escenario derivado de dicha resolución: concluir el proceso electoral interno evitando la realización de los comicios”.
Asimismo, indican que “otra grave consecuencia que genera el fallo aquí apelado es que se rompe el imprescindible y siempre necesario vínculo entre representantes y representados. Lo que aquí sólo queda es un vínculo entre las ilegítimas autoridades y el juez Federal”.
Por otra parte, los apoderados destacan en la presentación que “en atención a las circunstancias que rodean al proceso electoral que motivan estas actuaciones, debe advertirse que resultando procedente la apelación planteada, en base a los argumentos previamente expuestos, el recurso debe concederse con efectos suspensivos ya que, de lo contrario, se tornaría ineficiente la vía habilitada ante el muy probable caso que la Junta Electoral persista con su postura irresponsable y promueva la proclamación de única lista que ha decidido oficializar”.
En la parte del “petitum”, desde “Trayectoria y Renovación Radical” solicitan que “se provea el recurso de apelación que venimos a plantear con carácter suspensivo en virtud de la gravedad institucional que implicaría lo contrario”, además de que “oportunamente se haga lugar en todas sus partes a la presente apelación, mandando a oficializar las listas de candidatos presentadas por ambas alianzas, como así también las listas únicas presentadas en los departamentos Ancasti, La Paz, Ambato y Paclín”, para también solicitar que se “ordene llevar adelante la elección interna partidaria dentro del plazo de 60 días, conforme facultades expresamente conferidas”.
Finalmente, en la apelación los apoderados expresan que “para el hipotético caso de no prosperar la impugnación y conforme lo marca la ley de forma, hacemos expresa reserva del caso federal a fin de que nuestro máximo tribunal intervenga”. Ancasti
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