El Honorable Tribunal de Penas de la Liga Andalgalense de Fútbol dio a conocer las sanciones a los jugadores y cuerpos técnicos, expulsados el pasado fin de semana.
Artículo 1°: Sancionar al jugador Vergara Jonathan del club Tiro FyG con 2 partidos de suspensión según Art. 204.-
Artículo 2°: Sancionar al jugador Contreras Edgardo A. del club Tiro FyG con 1 partidos de suspensión según Art. 207.-
Artículo 3°: Sancionar al jugador Gutierrez Walter del club Tiro FyG con 1 partidos de suspensión según Art. 204.-
Artículo 4°: Sancionar al jugador Alvarez Franco del Club Racing con 2 partidos de suspensión según Art. 204.-
Artículo 5°: Sancionar al jugador Palavecino Esteban del Club Racing con 1 partidos de suspensión según Art. 204.-
Artículo 6°: Sancionar al jugador Cecenarro Braian L. del Club Malli con 2 partidos de suspensión según Art. 201. Inc. b).-
Artículo 7°: Sancionar al jugador Castro Martín del Club Malli con 3 partidos de suspensión según Art. 185.-
Artículo 8°: Sancionar al jugador Vallejos Emanuel del Club Malli con 1 partidos de suspensión según Art. 207.-
Artículo 9°: Sancionar al jugador Flores Esteban del Club Malli con 1 partidos de suspensión según Art. 207.-
Artículo 10°: Sancionar al jugador Vergara Matías del Club Güemes con 2 partidos de suspensión según Art. 201. Inc. b).-
Artículo 11°: Sancionar al jugador Figueroa Miguel del Club Güemes con 2 partidos de suspensión según Art. 201.
Artículo 12°: Sancionar al jugador Reales Jorge del Club U. Aconquija con 1 partidos de suspensión según Art. 207.-
Artículo 13°: Sancionar al jugador Padilla Gonzalo del Club Vélez con 2 partidos de suspensión según Art. 202. Inc. b).-
Artículo 14°: Sancionar al jugador Aguirre Cristian del Club Vélez con 2 partidos de suspensión según Art. 202. Inc. b).-
Artículo 15°: Sancionar al Jugador Sedan Sachetti Federico del Club U. Aconquija con 2 partidos de suspensión según Art. 202.-
Artículo 16°: Miembros del Tribunal de Penas, comunica al club Deportivo Malli que el Sr. Enrique Ariel (Simpatizante de dicho club) se le prohíbe la entrada a los estadios por el termino de treinta (30) días, por agredir verbal y físicamente al Sr. Árbitro.
Artículo 17°: Citar a esta sede al Sr. Cecenarro Jose M. para el día 28 del cte. Mes a Hs 20:30.
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