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Declaran Patrimonio Cultural, Histórico, Paisajístico y Turístico los Resto Incaicos Potrero Chaquiago



La Cámara de Diputados dio media sanción, a un proyecto de ley, de autoría del presidente del cuerpo, Fernando Jalil, a través del cual se declara Patrimonio Cultural, Histórico, Paisajístico y Turístico de la Provincia de Catamarca, los restos del establecimiento incaico Potrero Chaquiago, compuesto por tres sectores; “Los Abrego”, “Los Retambay”, y “La Solana”, que comprenden seis (6) hectáreas que incluyen ruinas y su entorno, al pie de monte de las sierras “Las Capillitas”, a dos Kilómetros al norte de la población de Chaquiago, en el departamento Andalgalá.

Vialidad Provincial, de acuerdo al articulado de la iniciativa, tendrá a su cargo la conservación y mantenimiento de caminos y rutas que conectan con el establecimiento mencionado. Además que la Secretaria de Estado de Turismo de la Provincia, es la autoridad de aplicación de la misma. Esta, deberá construir e instalar la señalética acorde al patrimonio declarado, y tiene a su cargo la difusión e inclusión del establecimiento incaico Potrero- Chaquiago, dentro de los atractivos y circuitos turísticos provinciales.

El diputado Fernando Jalil, al fundamentar el proyecto en el recinto, indicó que en el sector conocido como el área valle serrana central que corresponde a nuestra provincia de Catamarca, se habrían emplazado seis sitios arqueológicos, en punta Balasto, Santa María, Nevados de Aconquija, en Watungasta, en el Shincal, en Hualfin, y el enclave Potrero-Chaquiago en Andalgalá.

“Este establecimiento, se consideraba multifuncional. Fue construidos por las autoridades de Cuzco durante el siglo XV, y es un destacado centro cívico en donde se desarrollaron actividades económicas importantes del imperio incaico.

En los conjuntos edilicios que lo componen se habrían desarrollado actividades de tipo artesanales como la metalurgia, el tejido y la alfarería. El conjunto central incluye estructuras ceremoniales y habitaciones de los administradores incaicos.

El sitio Potrero-Chaquiago, como el Shincal, los restos nos indican que existían construcciones con cimientos de piedra y adobe. Estos restos cabe destacar, fueron declarados Monumento Histórico Nacional en el año 1987, bajo la resolución de la Secretaria de Cultura de la Nación, Nº 1249/87”, dijo Jalil.

Para destacar la importancia citó en tanto textualmente los “considerandos” de la mencionada resolución. “Que estas ruinas pertenecieron a un establecimiento multifuncional conformado por tres conjuntos de edificios construidos por la administración incaica, los cuales fueron levantados entre los años 1480 y 1530 por orden de las autoridades del Cuzco que conquistaron la región y la incluyeron en su vasto imperio.

Que en el sector urbano se destacan tres conjuntos edilicios, denominados Los Abrego, Los Retambay, y La Solana, en los cuales se habrían desarrollado actividades artesanales como la metalurgia, el tejido y la cerámica, cumpliéndose además usos rituales y funerarios.

Que el sector los Retambay constituía el centro ritual y político del poblado según lo testimonia la existencia de una gran plaza y de la plataforma “ushnú” central, a la que rodean relevantes edificios donde se llevaban a cabo las tareas administrativas más importantes.

Que el establecimiento en cuestión se halla en proceso de excavación y los resultados ya obtenidos permiten asegurar que al menos parte de las construcciones tuvieron como destino el alojamiento de los alfareros que realizaban allí su labor, habiendo sido otros edificios el lugar de depósito de grandes cantidades de vasijas de usos múltiples.

Que, por la información conocida hasta el momento, dicho establecimiento resulta un destacable ejemplo entre aquellos que desarrollaron una amplia actividad económica en el imperio incaico, al cual perteneció parte de nuestro territorio, razón por la cual resulta necesario rescatar estos segmentos significativos de la historia prehispánica argentina.”, refirió el presidente del cuerpo.

Por último dijo que la ley tiene como finalidad “resguardar nuestro patrimonio cultural y natural, y nos permite promover actividades tendientes a dar a conocer nuestras destacadas bellezas paisajísticas”. -
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