
El Juzgado Federal con competencia electoral de Catamarca emitió un comunicado e instructivo para ser entregados a las fuerzas de seguridad afectadas al acto comicial del día 11 de agosto de 2019.
1-A. La veda establecida en el artículo 64 bis del CEN para actos de proselitismo que tiendan a captar el sufragio comienza desde 48 horas antes de la iniciación del comicios a las 8 horas día Viernes 9 de agosto y finaliza a las 18 horas del día Domingo 11 de agosto.- el artículo 71 inciso F. CEN
1-B. La prohibición de publicación y difusión de encuestas y sondeos de opinión y pronósticos electorales comenzó el día 3 de agosto y finaliza 3 horas después del cierre de Comercio artículo 44 quater Ley 27.504- Asimismo publicar o difundir proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio (boca de urna) y hasta 3 horas de su cierre el artículo 71 inciso h-CEN
2-A. Actividades permitidas: el día Sábado 10 de agosto hasta 02:00 horas del día Domingo 11 pueden permanecer abiertos: restaurant, confitería, bares, comedores de hoteles. la reapertura de dichos locales podrán realizarse a partir de las 8 horas del domingo 11 de agosto con la excepción de kioscos maxi kiosco despensa supermercado shops y/o servicentro de estaciones de servicio, que pueden permanecer abiertos en sus horarios habituales.
B. Actividades no permitidas: no pueden abrir el día sábado a la noche y hasta las 21 horas del día Domingo 11 de agosto los locales, bailables boliches, discoteca, whiskería, club, cabarets y los casinos. Durante la realización del Comicios no pueden desarrollarse espectáculos públicos al aire libre o cerrado, fiestas teatrales, deportiva y toda clase de reuniones populares que no se refieran al acto electoral (artículo 71 inc. B CEN), Con excepción de los eventos privados expresamente autorizados por el Tribunal y bajo la prevención de ley con que se expidió dicha autorización, cuya nómina se suministrará a la Policía de la Provincia.
C. En todos los casos NO PODRÁN EXPEDIR BEBIDAS ALCOHÓLICAS desde las 20 horas del sábado 10 de agosto y hasta las horas 21 del domingo 11 de agosto del 2019 (artículo 71 inciso c).
D. Los partidos políticos no podrán abrir organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que funcionen las mesas receptoras de votos (artículo 71 Enciso g CEN)
III.- Todas las oficinas seccionales, dependencia, delegaciones, comisarías de la Policía de la Provincia en todo el ámbito de CATAMARCA deberán expedir constancias a todos los ciudadanos que lo requieran por encontrarse a más de 500 km del domicilio donde deben votar. Ello a los fines de la justificación de la NO EMISIÓN del sufragio.-