Control de plagas, normativa y obligatoriedad


La Municipalidad de Andalgalá, a través de la Dirección de Seguridad Ciudadana, sección Bromatología, comunica a los señores propietarios de comercios, industrias y servicios que de acuerdo a Ordenanza Nº 071/12, en vigencia, es obligatoria la desinsecfección, desinsectación y desratización, de todo local cuya actividad está relacionada con la manufactura, expendio, depósito y comercialización en sus distintos tipos de modalidades de todo producto alimenticio destinado a consumo humano. También se hace extensión a servicios públicos y de transporte.

Los establecimientos precedentemente citados deberán exponer a la vista del público el certificado expedido por empresa prestataria del servicio del control de plagas actualizadas (ART 8, 9, 10 Y 11).

En caso de incumplimiento se aplicará las sanciones contempladas en el art 12 de la mencionada Ordenanza.

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