Andalgalá restringe la circulación desde las 19 hs buscando evitar la saturación sanitario

La Municipalidad de Andalgalá y por el paso de 7 días extiende la etapa de convivencia “roja – Aislamiento estricto” debido a que en la última semana, continúan en aumento los casos en nuestra jurisdicción municipal, con el riesgo concreto de que ello derive en la saturación del sistema de salud, por lo que se deben prorrogar las medidas temporarias, intensivas, focalizadas y orientadas a restringir las actividades y horarios que se tomaron para evitar mayores riesgos" según menciona el decreto.

El instrumento establece la restricción para circular en todo el departamento en el horario de 19:00 a 6:00 horas, quedando exceptuados quienes estén habilitados para trabajar en ese horario, igualmente en el mismo horario entre Municipios.

Que en nuestro municipio la situación epidemiológica indica que debemos, conforme a la tabla de indicadores de evaluación del riesgo sanitario, continuar en la etapa de convivencia “roja” de aislamiento social, preventivo y obligatorio, estricto. Que debe tenerse presente que las medidas preventivas que se exigen a cada uno de los integrantes de la comunidad, lo son en beneficio y cuidado de todos, como una forma imprescindible de cuidarnos como sociedad.

Que el Artículo 49 de la Carta Orgánica Municipal que establece: “La Municipalidad promoverá la prevención, recuperación y rehabilitación de la salud física, social y mental de la comunidad, propiciando todo hecho, acción o conformación de organismos tendientes a la protección de la salud”.

PRORRÓGASE, en el ámbito de la Jurisdicción territorial de la Municipalidad de Andalgalá, la etapa de convivencia “roja” identificada como “aislamiento estricto” desde las 0:00 horas del día lunes 03 de mayo de 2021 y hasta las 00:00 horas del día lunes 10 de mayo de 2021. 

ARTÍCULO 2o: ESTABLÉCESE a partir las 00:00 horas del día lunes 03 de mayo de 2021 y hasta las 00:00 horas del día lunes 10 de mayo de 2021 la restricción para circular en toda la jurisdicción territorial de la Municipalidad de Andalgalá en el horario de 19:00 a 06:00 horas. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, queda prohibida la circulación entre Municipios, en el horario de 19:00 a 06:00 horas. 

ARTÍCULO 3°: En virtud del Acta N° 08/2021 del COE Andalgalá, modificase los horarios establecidos para las actividades permitidas en el ANEXO III -ETAPA ROJA del Decreto N° 0133/2021; el que se establece de la siguiente manera: 

1.- De 08:00 a 17:30 Comercios del casco céntricos. 

2.- De 08:00 a 18:30 Comercios de cercanías 

3.- Gastronomía por delivery hasta las 00:30 hs. 

4.- Actividades permitidas hasta las 17:30 hs. 

ARTÍCULO 4°: Las actividades autorizadas deberán cumplir de manera estricta con los protocolos aprobados para cada una de ellas. Ante el incumplimiento de las restricciones y medidas dispuestas serán de aplicación las sanciones previstas en el Decreto S. - Seg. N° 1578/2020 y su Decreto modificatorio.

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1 Comentarios

  1. Entonces como se puede creer en informe del COE cuando lus últimos 4 y 5 días informaron un mínimo de casos

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