Educación aclara sobre concurso de los IES


El Ministerio de Educación emitió una aclaración en referencia a algunos cuestionamientos realizados por la Intersindical Docente. Al respecto se indica en primer lugar que los concursos en el Nivel Superior, de acuerdo a lo establecido en las disposiciones Nº 016 y Nº 017, los instrumentos legales emitidos por el Ministerio de Educación de la Nación, y el estatuto del docente establecen que para acceder a horas el Nivel Superior estas deben ser concursadas a través de un concurso público, abierto de antecedentes y oposición. Cualquier concurso que se de en el ámbito educativo en general tiene estas características pudiendo participar cualquier ciudadano interesado, que cumpla con los requisitos establecidos para la presentación en el concurso: título adecuado al nivel y los requisitos formales de presentación de proyecto, siempre y cuando no se encuentre impedido por la Ley.

En cuanto a la supuesta “exclusión de docentes de nivel EGB, Polimodal y Secundario, la Resolución del Consejo Federal de Educación (CFE) Nº 072 establece claramente que los requisitos son poseer título de Nivel Superior, de 4 años o más de formación docente, o pertinente al objeto del concurso” que en el caso de los títulos citados, no lo tienen.

Sin embargo ante la “deserción de la catedra”, aquellos títulos que no son específicos para el nivel se convierten en títulos habilitantes, lo que indica que “dada la situación en que la cátedra quede desierta podrán ser concursadas por estos títulos habilitantes”. En ningún momento el Ministerio de Educación imposibilita al docente de acceder a un cargo, lo que se indica en primera instancia es el título específico y luego se accede a la posibilidad de títulos habilitantes.

En referencia a la maliciosa expresión “andamiaje del estado para beneficiar a funcionarios y punteros políticos”. Los funcionarios que menciona la Intersindical Docente que se presentaron, fueron desestimados atento a lo normado en el Decreto Nº 819 que “establece que el cargo legislativo detenta 36 puntos” y en la Provincia en cualquier nivel se puede acumular hasta 36 puntos para ejercer la docencia.

En los otros casos a los que se hace mención, cumplen con la normativa vigente (Artículo 3 apartado 3) en cuanto al puntaje y a la compatibilidad, dando cumplimiento a lo establecido en la Constitución Provincial, a saber: “Ningún funcionario o empleado de la provincia podrá ocupar otra función o empleo en la administración provincial, nacional o municipal con excepción de la docencia…”

Continuando con los puntos mencionados cabe aclarar que la Directora de Educación Superior, Anahí Perea, se desempeña a cargo, en la mencionada área, a partir del día 12 de mayo de 2021, de acuerdo a las facultades conferidas en el Decreto 782/97: Art. Nº 8 - Facúltase a los señores Ministros y Secretarios de Estado a designar como funcionarios subrogantes o personal escalafonado, por un plazo máximo y no renovable de hasta 120 días en caso de vacancia de la Jefatura de Unidades Orgánicas de Nivel de Dirección o Dirección Provincial.

Mientras que la Prof. Silvina Cuenca fue nombrada mediante Decreto E. Nº 938 con fecha: 14-05-2021, como Directora de Educación a Distancia.

Por último, la ministra de Educación Andrea Centurión lamentó las afirmaciones vertidas por la Intersindical Docente que confunden y crean malos ánimos en la comunidad docente, y generan zozobra en los alumnos y alumnas de los institutos superiores que aguardan la cobertura, para dar continuidad a sus carreras, postergadas por la pandemia.

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