El organismo fiscal ubicó de forma automática a los pequeños contribuyentes en la categoría que les correspondía ocupar al 1º de febrero de este año y aumentó un 35,5% el pago mensual, que será retroactivo a enero 2021 y podrá abonarse hasta en 20 cuotas ¿Qué tienen que hacer los monotributistas?
La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) realizó la recategorización de 4.077.376 monotributistas que pasarán a la categoría que les correspondía encontrarse encuadrado a partir del 1º de febrero de este año.
El organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont aumentó el pago mensual un 35,5% debido al índice de haber mínimo de jubilaciones y que, si bien comenzará a aplicarse desde este mes, será retroactivo al 1° de enero 2021. Motivo por el cual los pequeños contribuyentes se encontraron con una deuda en su "estado de cuenta" ¿Cómo pagarla y solicitar la modificación de esa categoría?
¿Qué hizo la AFIP?
Aplicó la tabla con los nuevos valores de los distintos componentes del monotributo (impositivo, seguridad social y salud) para los meses enero, febrero, marzo, abril y mayo y asigna una nueva categoría a cada contribuyente. La Ley 27.618, aprobada por el Congreso, estableció que el organismo debe, por única vez, volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la categoría que les corresponda, considerando los valores de los parámetros de ingresos brutos y valores de los alquileres que resulten de la actualización. Los nuevos valores se actualizaron en igual proporción que el haber mínimo jubilatorio. Las escalas pueden consultarse en afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp.
Nuevos valores monotributo: ¿Qué deben hacer los contribuyentes?
Ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar y consultar la categoría asignada por la AFIP. Todas las personas tienen la posibilidad de solicitar la modificación de la categoría asignada hasta el día 25 de junio, inclusive. ¿Cómo se solicita la modificación de la categoría?
Ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar. Seleccionar la opción “Categorización retroactiva 2021” y luego “Modificar categoría”.
Pagar el monto actualizado con débito automático
Los monotributistas que estén adheridos al débito automático y quieran solicitar la modificación de la categoría asignada tienen tiempo hasta el 11 de junio. De esta manera el pago de la cuota será debitado por el valor de los importes actualizados.
¿Qué sucede si no lo hacen hasta el 11 de junio?
Si no solicitan la modificación de la categoría hasta el 11 de junio deberán solicitar un “stop debit” en su entidad bancaria por el período fiscal junio de 2021.
Pago retroactivo a enero 2021
Si el contribuyente pagó las obligaciones correspondientes a enero, febrero, marzo, abril y mayo con los valores vigentes a finales del año pasado, la AFIP le informará la diferencia acumulada para todo el período .
Es decir, un contribuyente que estaba categorizado en la A en 2020 abonaba $1955,68. Ahora con nueva tabla deberá abonar 2646,22 pesos. Si permanece en la misma categoría la diferencia a pagar por cada mes es de 690,54 pesos que suman un total de 3452,7 pesos por los 5 meses.
Categorias Monotributo 2021: ¿Cómo se puede cancelar la deuda?
Las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, en virtud de la actualización de los valores de las obligaciones mensuales y/o de la categoría, correspondientes a los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, deberán ingresarse mediante las siguientes modalidades de pago hasta el día 20 de julio de 2021, inclusive:
Transferencia electrónica de fondos. Pago electrónico mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o débito. Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por esta Administración Federal.
¿Puede pagarse en cuotas?
Sí, para facilitar el pago y reducir el impacto financiero, la AFIP definió que se pueda pagar la diferencia hasta en 20 cuotas, dependiendo el monto a abonar. Los planes de facilidades de pago disponibles contemplan hasta 20 cuotas siempre y cuando cada cuota supere los 500 pesos. Los planes de pagos podrán realizarse a partir del 1 de julio.
¿Hay un plazo límite para abonar las diferencias?
Se podrán ingresar a través de alguna de las distintas modalidades de pago disponibles hasta el día 20 de julio de 2021.
¿Se cobran intereses por los meses impagos o pagos fuera de término?
No, la AFIP no cobrará intereses por el período enero a mayo.
¿Cómo sé si tengo una deuda con la AFIP?
Los contribuyentes podrán consultar desde el 1º de julio de 2021 en el portal “Monotributo” seleccionando la opción “Estado de cuenta” o ingresando al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, accediendo con Clave Fiscal.
¿Cuándo es el vencimiento de la cuota de junio?
Excepcionalmente el vencimiento de la cuota de junio es el 25/6.
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