
El cuerpo del Honorable Tribunal de Pena de la Asociación Futbol de Barrios de Andalgalá emitió la Resolución de los partidos desarrollados en la Primera Fecha del Torneo Apertura y de Torneos Relámpagos.
Resolución:
1. Sancionar al jugador Reynoso Cesar del Club Defensores, con el Art. 207, 1 (uno) Partidos de Suspensión.
- Sancionar al jugador Soria Victor del Club Sp. Huasán, con el Art. 207, 1 (uno) Partidos de Suspensión.
- Sancíonar al Jugador Yapura Agustín del Club Libertad, con el Art. 204, con 3 (tres} Partidos de Suspensión.
- Sancionar a la jugadora Mayra Sotomayor del Club San Isidro, con el Art. 207, con 3 (tres} Partidos de suspensión.
2)- sancionar a karina Lizarraga del club Union Progresista con 2 partidos de suspensión según el art. 260.-
3) Sancionar al club Libertad con una multa de $20.000, art. 80, inc c. Por agresión al Señor árbitro Alvarez Oscar.
4) Sancionar al club Independiente de Chaquiago con una multa de $10.000, por mala inclusión del jugador Porras Facundo en el torneo Francisco Cano - Pablo Ramos - campeonato relámpago.
5) Sancionar al club Deportivo la Aguda con una multa de $10.000, por mala inclusión del jugador Mercado Matias y Ramos Enzo en el torneo Francisco Cano - Pablo Ramos y Preparatorio - campeonato relámpago
6) Sancionar al club San Antonio de Villavil con una multa de $10.000, por mala inclusión del jugador Flores Rodrigo en el torneo preparatorio de la Asociacion -campeonato relámpago.
7) Sancionar al club Santa Rita con una multa de $10.000, por mala inclusión de las jugadoras Allosa Mayra y Brizuela Aylen en el torneo homenaje a Ramonita Chayle de la Asociación - campeonato relámpago.
8) Sancionar al club Libertad con una multa de $10.000, por mala inclusión del jugador Kaufman Jeremias en el torneo preparatorio de la Asociación - campeonato relámpago.
9) Sancionar al club Santa Lucia con una multa de $10.000, por falta de puntualidad en la presentación de documentación en tercera división. Como asi también se les otorga los puntos a su simil club Libertad quedando como resultado 1 a 0 a favor, art.106 inc 6.