El Tribunal de Penas sancionó a un jugador por un año


El Tribunal de Disciplina de la Asociación Futbol de Barrios también aplicó similar sanción a un simpatizante.

1 - Sanciones a jugadores:
* Martinez Pedro - Santa Rita - art. 207 y 47 - 2 partido (reincidente)
* Hueso Pablo - Huasán - art. 207 - 1 partido
* Moreno Juán - Independiente - art. 207 y 48 - 2 partido (reincidente)
* Ormachea Franco - Arsenal - art. 185 - 1 AÑO
* Pihuala Francisco - Libertad - art. 196 y 48 - 4 partido
* Mirabal Bruno - 25 de Agosto - art. 207 y 48 - 2 partido (reincidente)
* Robledo Facundo - Huracán - art. 207 - 1 partido

2) Este Tribunal SANCIONA al Sr. MIRABAL JORGE R., D.T. de Primera División del Club 25 de Agosto por el término de 60 (Sesenta) días de suspensión, según el Art. 248. quedando inhabilitado para ejercer como director técnico.

3) Este Tribunal inhabilita al Sr. MIRABAL ESTEBAN, simpatizante del Club 25 de Agosto, por el termino de 01 (Una) año, con prohibición al ingreso a las canchas pertenecientes a la A.F.B., según el Art. 287 Inc. «6».

4) Este Tribunal sugiere a la Mesa Directiva que en los partidos que se disputen en la AFB, tanto a dirigentes, jugadores, simpatizantes e integrantes del cuerpo técnico que agredan en forma fisica y/o verbal a los arbitros serán sancionados como conductas antideportivas con sanciones de prohibición de admisión a las canchas y/o multas valor entrada al Club de quién pertenecen los agresores.

5) Este Tribunal comunica a los clubes que presentaron notas por protestas de puntos, que las mismas serán tratadas en la próxima sección debido a problemas de computadora de la AFB.

6)Reiteramos: Este Tribunal solicita a los Sres. Árbitros de la AFB, que los INFORMES y PLANILLAS sean presentadas en tiempo y forma como así también confeccionados en forma clara y legible, detallar nombre y apellido del jugador informado, DNI, Club al que como así también firma y aclaración de la misma en la planilla de los Sres árbitros

7) Se pide a Mesa Directiva, de la AFB, que se haga un llamado de atención a todos los clubes que integran la misma, para que cuando se desarrolle la jornada deben presentar tres pelotas en condiciones para disputar los encuentros. De no ser asi el Arbitro realizara el informe correspondiente y serán sancionados con una multa.-

8) Este Tribunal informa a los delegados de los clubes de la Asociación Futbol de Barrios que, los reclamos y/o apelaciones, se deben efectuar - hasta dentro de los 07 (siete) dias, una vez dada lectura a las sanciones en resolución. Pasado este plazo, no tendrán efecto la protesta. Asi mismo se les comunica que, los informes arbitrales no serán mas leidos en reunión de mesa directiva. Para solicitar la lectura de los mismos, deberán dirigirse mediante nota al Tribunal de Penas.

Publicar un comentario

0 Comentarios