Los puentes turísticos ahora serán «días no laborables» y el empleador definirá si se los da libre a sus trabajadores


Según indica el Boletín Oficial, en esos días no se cobrará «doble» y la empresa decide si darte descanso o no. Conocé todos los detalles en la nota.

El 2025 está a la vuelta de la esquina y el Gobierno Nacional de Javier Milei ya definió el calendario de feriados y fines de semana largos. Eso sí: el esquema tendrá un cambio sutil pero clave, que fue confirmado en el Boletín Oficial de este jueves.

Según el decreto, el 2025 tendrá «tres días no laborables con fines turísticos». Serán el 2 de mayo, el 15 de agosto y el 21 de noviembre. Es decir, “pegados» al Día del Trabajador, a la conmemoración del paso de la Inmortalidad de San Martín y al Día de la Soberanía Nacional.

Por ejemplo, el 2 de mayo cae viernes, por lo que junto al 1° de mayo formaría un fin de semana XXL de cuatro días, siguiendo la lógica de los últimos años con los «feriados puente».

Cambio clave

Sin embargo, ahí está la diferencia central de la nueva medida del Gobierno: al pasar a ser «días no laborables», será potestad de cada empresa dar el día libre a sus trabajadores.

En cambio, en caso de que se trabaje, no se cobrará «doble» como suele pasar con los feriados.

Además, se descarta que puedan sumarse otros días “feriados” como puentes: la Ley 27.399 establece que solo se pueden fijar «hasta tres días» por año, con el objetivo de promover el turismo interno.

«La diferencia con el día feriado radica en que en los días no laborables no se están cumpliendo prestaciones adicionales o extraordinarias asimilables a las horas extras, por lo cual el devengamiento en todos los casos es un salario diario normal se cumplan o no tareas», aclaró la información oficial.

Así quedó el esquema de feriados y días no laborables para el 2025: Feriados Nacionales Inamovibles:

1° de enero (miércoles): Año Nuevo
3 y 4 de marzo (lunes y martes): Carnaval
24 de marzo (lunes): Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
2 de abril (miércoles): Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
18 de abril (viernes): Viernes Santo
1° de mayo (jueves): Día del Trabajador
25 de mayo (domingo): Día de la Revolución de Mayo
20 de junio (viernes): Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de julio (miércoles): Día de la Independencia
8 de diciembre (lunes): Día de la Inmaculada Concepción de María
25 de diciembre (jueves): Navidad

Feriados Nacionales Trasladables:

17 de junio (martes, se traslada al lunes 16): Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
17 de agosto (domingo): Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
12 de octubre (domingo): Día del Respeto a la Diversidad Cultural
20 de noviembre (jueves): Día de la Soberanía Nacional.

Potenciales fines de semana largos:

Jueves 1º de mayo (feriado), viernes 2 de mayo (no laborable)
Viernes 15 de agosto (no laborable), domingo 17 de agosto (feriado)
Jueves 20 de noviembre (feriado), viernes 21 de noviembre (no laborable).

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