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Ahmedabad

AFB: Duras sanciones a jugadores y multas


Este miércoeles se conoció la decisión del Tribunal de Penas de la Asociación Futbol de Barrios. Algunos futbolistas recibieron hasta 10 fechas de suspensión. También hubo duras multas económicas para los clubes que protagonizaron los incidentes.

1 - Sanciones a jugadores:

Fecha 7

* Fuenzalida Franco - Capellanía - art. 207 - 1 partido
* Navarro Thiago - Libertad - art. 200 - 3 partidos
* Toledo Alvaro - Santa Rita - art. 207 - 1 partido
* Portales Angel - Choya - art. 207 - 1 partido
* Ramirez Noel - Choya - art. 186 - 3 partidos
* Antonio Enrique - Defensores del Sur - art. 207 - 1 partido
* Agüero Rodriguez - Reasl Sociedad - art. 207 - 1 partido
* Moreno Luis - Independiente - art. 186 - 6 partidos
* Gareca Lucas - Sp. Huasán - art. 200 - 2 partidos
* Reynoso Brandon - Independiente - art. 200 Inc C - 3 partidos
* Vanín Carlos - Libertad - art. 200 Inc 1 - 10 partidos
* Molina Agustín - Santa Rita - art. 200 inc 1 - 10 partidos
* Rodriguez Miguel - Santa Rita - art. 200 Inc 1 - 10 partidos
* Gordillo Lucas - Huracán - art. 207 - 1 partido

2) Multar al Club Santa Rita con la suma de $120.000 por una nueva reincidencia según art. 80, INC. E.

3) Multar al Club Libertad con la suma de $120.000 por una nueva reincidencia según art. 80, INC. E.

4) No se da lugar a la apelación, presentada por el Club Defensores del Sur, ya que este Tribunal mediante resoluciones semanales solicita que las notas se darán como improcedentes en caso de venir MANUSCRITAS.

5) No se da lugar a la Nota presentada por el Club Independiente, debido a que los únicos encargados de informar un suceso o inconveniente es el cuerpo arbitral a cargo de la jornada, también se solicita que a la hora de presentar una nota no se puede hacer más de un pedido en la misma.

6) Se da lugar a la nota presentada por el Club 25 de Agosto, respecto a la protesta de puntos del partido disputado en División Femenina, ante su símil Defensores del Sur por la mala inclusión de la jugadora Balmaceda Julissa en esta división, por haber disputado el encuentro en Cuarta División y titular en División Femenina.

7) No se da lugar a la apelación presentada por el Club Huracán por considerarse improcedente.

8) Se solicita a los clubes que faltan de presentar la lista de personas que integran la Comisión de su Club, deben hacerlo a la brevedad posible, para tener conocimiento de las firmas y datos de los integrantes a la hora de asistir o presentar notas ante este Tribunal.

9) Por informe presentado y ratificado por el Sr arbitro Lobos Roberto del partido disputado entre los Clubes Libertad e Independiente el día 17 de mayo del corriente año, este Tribunal resuelve:

⮚ Sancionar al jugador Reales José de Tercera División del Club Libertad con la pena de 10 (DIEZ) partidos según art. 200, INC. A.
⮚ Sancionar al jugador Galian Cesar de Primera División del Club Libertad con la pena de 10 (DIEZ) partidos según art. 200, INC. A.
⮚ Sancionar al jugador Quinteros Rodrigo de Primera División del Club Libertad con la pena de 10 (DIEZ) partidos según art. 200, INC. A.
⮚ Sancionar al jugador Cedrón Rodrigo de Primera División del Club Libertad con la pena de 10 (DIEZ) partidos según art. 200, INC. A.
⮚ Sancionar al jugador Castro Tiago de Primera División del Club Independiente con la pena de 10 (DIEZ) partidos según art. 200, INC. A.
⮚ Se comunica que estos jugadores ya cumplieron una preventiva previa a la sanción, por ende, solo les resta cumplir 9(NUEVE) PARTIDOS.
⮚ Multar al Club Libertad con la suma de $80.000 por reincidencia según art. 80, INC E.
⮚ Multar al Club Independiente con la suma de $40.000 según art. 80, INC E. 

6) ESTE TRIBUNAL INFORMA A LOS CLUBES QUE CUALQUIER JUGADOR CON CARNET DE DISCAPACIDAD AUTORIZADAS A JUGAR EN CUARTA DIVISION, QUE HAYAN FIRMADO PLANILLAS DE TERCERA O PRIMERA DIVISION, QUEDAN INAHABILITADOS PARA SEGUIR PARTICIPANDO EN CUARTA DIVISION Y PASAN A PERTENECER A LAS DIVISIONES MAYORES, EN CASO DE DESOBEDIENCIA SE APLICARA LA QUITA DE PUNTOS Y LA MULTA CORRESPONDIENTE AL CLUB INFRACTOR.

Se comunica a todos los clubes que integran la A.F.B que a partir del dia de la fecha este tribunal resuelve que los arbitros tendran la facultad de suspender y/o sancionar a toda persona que agravie verbalmente con dichos discriminatorios o insultos que dañen la integridad emocional, fisica y psicologica de los jugadores de cuarta division (menores de edad). De comprobarse estos hechos le correspondera las sanciones pertinentes tanto a las personas que agredan como al club al que pertenecen.

Es muy importante recordarles a los clubes que todas las notas dirigidas al tribunal de pena no pueden ser manuscritas sino impresas y deben estar firmadas por el presidente y secretario/a de dicho club como asi tambien con el sello correspondiente del club que emite la nota. No se tomará en cuenta si viene de terceros y/o particulares.

* Recordamos que las Apelaciones se realizan dentro de los 7 (siete) días hábiles luego de la lectura de la Resolución de este Tribunal en Mesa Directiva, pasado ese tiempo no se dará lugar a ningún reclamo.
* La Protesta de Puntos debe estar acompañada de su recibo de Pago, pruebas pertinentes al caso; en sobre cerrado y presentada únicamente en Mesa Directiva, sin excepción alguna y quedando notificados que NO recibiremos ningún tipo de nota o Reclamo ni tampoco apersonarse en el lugar de la reunión, salvo sea notificado por este Tribunal.
* REITERAMOS: Este Tribunal solicita a los Sres. Árbitros de la AFB, que los INFORMES y PLANILLAS sean presentadas en tiempo y forma como así también confeccionados en forma clara y legible, detallando Nombre, apellido, DNI y Club del jugador informado.
* También se les RECUERDA que los informes no serán más leídos en Mesa Directiva. Para solicitar la lectura de los mismos deberán dirigirse mediante Nota, la cual debe ser ingresada por Mesa Directiva. Este Tribunal solicita a todos los clubes de La A.F.B. la correcta confección de las Planillas de Juego por TRIPLICADO, y con la completa descripción de los Clubes que disputan (Nombre del Club Local y Visitante, Día del partido, Fecha, División y Firmas y Aclaración del Cuerpo Técnico y Capitanes con Numero de Casaca), además el equipo local deberá contar con las 3(tres) pelotas en condiciones para toda la Jornada, estas deben estar en la Mesa de Control de Planillas, caso contrario se pedirá a los señores árbitros el informe correspondiente para aplicar una sanción disciplinaria correspondiente.

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