Ferro ganó los puntos por escritorio y ahora va por la clasificación


Ferrocarril Independiente había presentado una protesta en contra el Atlético Racing Club por la mala inclusión de un jugador y el Tribunal de la LAF falló. Multa económica que pone en jake a los académicos. Con estos tres valiosos puntos, define sus chances de meterse al petit en las dos últimas fecha. Las sanciones de la fecha.

La protesta presentada por el Club Ferrocarril Independiente con fecha 3 de junio de 2025, respecto al encuentro disputado ante el Atlético Racing Club, correspondiente a la 7ma fecha del Torneo Apertura de Primera División de la Liga Andalgalense de Futbol, en la cual se denuncia la indebida inclusión del jugador RODRIGUEZ, Jonathan Gabriel, y la posterior solicitud del Atlético Racing Club de desestimar la denuncia por supuesta falta de precisión en los datos del jugador involucrado, debido a un error de tipeo en el numero de DNI consignado en la presentación del Club denunciante,

CONSIDERANDO:

Que se encuentra acreditado mediante la documentación oficial y las planillas del partido que el jugador Rodriguez, Jonathan Gabriel efectivamente participó en el encuentro disputado el dia 31/05/25 y que, al momento de la disputa del partido, no se encontraba habilitado para actuar en el Torneo Apertura de la Primera División de la Liga Andalgalense de Futbol, ya que no figuraba en la lista de jugadores asegurados presentada por el Atlético Racing Club, condición indispensable para estar habilitado reglamentariamente, constituyendo su participación una infracción.

Que la denuncia fue presentada en tiempo y forma por el Club Ferrocarril Independiente según el artículo 13 del RTP, adjuntando como prueba las planillas oficiales del encuentro, en las que consta la participación del jugador denunciado, con su nombre y DNI correctamente consignados, lo que permite identificar al jugador de manera inequívoca.

Que, en cuanto al planteo del Atlético Racing Club solicitando la desestimación de la denuncia por la existencia de un error de tipeo en el número de DNI, en el escrito presentado por el Club Ferrocarril Independiente, este Tribunal considera que dicho error no afecta la validez de la presentación del jugador denunciado, ni modifica el objeto central de la protesta, que es la indebida inclusión del jugador Rodríguez, Jonathan Gabriel. Por todo lo expuesto, este Tribunal de Disciplina RESUELVE:

1. HACER LUGAR a la protesta presentada por el Club Ferrocarril Independiente respecto al encuentro del 31/05/25 frente al Atlético Racing Club, correspondiente a la 7ma fecha del Torneo Apertura de Primera División.

2. RECHAZAR la solicitud del Atlético Racing Club de desestimar la denuncia por errores formales, por considerarse irrelevante a los efectos de lo denunciado; ya que conforme al articulo 33, este Tribunal considera tener elementos suficientes para emitir dictamen.

3. DAR POR PERDIDO el partido conforme el artículo 107 al Atlético Racing Club; fijar el resultado de 0-1 a favor del Club Ferrocarril Independiente, conforme a lo dispuesto por el articulo 152.

4. REGISTRAR los puntos correspondientes al Club Ferrocarril Independiente en la Tabla de posiciones.

5. DISPONER la devolución del importe pagado en concepto de derecho de protesta al Club Ferrocarril Independiente, conforme a los dispuesto por el artículo 21.

6. MULTAR con importe equivalente al derecho de protesta de conformidad por lo dispuesto en el artículo 14 al Atlético Racing Club, según el artículo 21.

7. Notifiquese a ambas instituciones, publíquese en el boletín oficial de la Liga, y archivese.  

Torneo Anual/Apertura/Division Primera.

Jug. Aconquija - Carrazana Francisco - 2 partido de suspensión - Art. 204.

Jug. Tiro - Salvatierra Andres - 2 partido de suspensión - Art. 204.

Jug. Racing - Artaza Nicolas - 1 partido de suspensión - Art. 207.

Jug. Racing - Chagaray Santiago - 2 partido de suspensión - Art. 204.

Jug. Racing - Villagra Sergio - suspenderlo preventivamente y citarlo a prestar declaración ante este tribunal el día 30/06/25 a horas 16:00 en la sede de la Liga Andalgalense de Futbol art. 22.

Torneo Anual /Apertura/Division Femenina.

Jug. Malli - Nieva Celeste- suspenderla preventivamente y citarlo a prestar declaración ante este tribunal el día 30/06/25 a horas 16:30 en la sede de la Liga Andalgalense de Futbol art. 22.

Jug. Malli - Nieva Milagros - suspenderla preventivamente y citarlo a prestar declaración ante este tribunal el día 30/06/25 a horas 16:30 en la sede de la Liga Andalgalense de Futbol art. 22.

Jug. Club Atletico Parque - Ávila Anahí- suspenderla preventivamente y citarlo a prestar declaración ante este tribunal el día 30/06/25 a horas 17:30 en la sede de la Liga Andalgalense de Futbol art. 22.

Jugadora Club Atletico Parque- Batallan, Ana Damaris - suspenderla preventivamente y citarlo a prestar declaración ante este tribunal el día 30/06/25 a horas 17:30 en la sede de la Liga Andalgalense de Futbol art. 22. Jugadora Club Atletico Parque- Sanagua Laura - suspenderla preventivamente y citarlo a prestar declaración ante este tribunal el día 30/06/25 a horas 17:30 en la sede de la Liga Andalgalense de Futbol art. 22.

Jugadora Club Atletico Parque - Cativa, Susana Soledad - suspenderla preventivamente y citarlo a prestar declaración ante este tribunal el día 30/06/25 a horas 17:30 en la sede de la Liga Andalgalense de Futbol art. 22

Director Técnico Club Atlético Parque - Gomez, Diego - - suspenderla preventivamente y citarlo a prestar declaración ante este tribunal el día 30/06/25 a horas 18:30 en la sede de la Liga Andalgalense de Futbol art. 22

Torneo Anual/Apertura/Reserva

Jugador Club San Lorenzo De Huachaschi - Molina, Humberto Agustín - 1 Fecha De Suspensión - Art. 207.

Jugador Club Ferrocarril Independiente - Delgado, Adrián - 2 Fechas De Suspensión - Art. 186

Fallos Pendientes de la 8° Fecha- (Citados a Declarar)

Torneo Anual/Apertura/ División Primera

Jugador Club Deportivo Malli-Alanis, Jon Martin - Suspenderlo por 4 Fechas- Art 201-Inc.A - Menos Una Que Ya Cumplió Preventivamente. -

Club Atlético Rivadavia - Kinesiólogo Agüero, Víctor - Suspenderlo por 6 Fechas y Multa V.E. 21 ($ 63.000) - Art. 260 Y Art. 200- Inc. A 1.-

Torneo Anual/Apertura/División Reserva

Jugador Club Tiro Federal Y Gimnasia - Nieva, Juan José - Suspenderlo por 2 Fechas-Art. 186-Menos Una Que Ya Cumplió Preventivamente. -

A los siguientes Jugadores se les aplica 1 Fecha de Suspensión según Art. 208-(Haber Alcanzado 5 Amonestaciones):

-Club Tiro Federal: Maza, Víctor Fabián
-Club Racing: Zárate, José Nahuel
-Club Aconquija De Chaquiago: Sacaba, Daniel Armando
-Club Vélez Sarsfield: Diaz, Fabricio Alejandro

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