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Ahmedabad

Llegó esposado y salió con pena en suspenso en un hecho ocurrido en Andalgalá


Samuel Gustavo Córdoba llegó a la sala de debates del Tribunal Oral Federal (TOF) privado de la libertad. Estaba imputado por el delito de “transporte de estupefacientes”. En abril de 2015, en Andalgalá, había recibido una encomienda con 179 gramos de marihuana.

Frente al juez federal, Juan Carlos Reynaga, el joven reconoció que recibió la encomienda “porque consumía”, pero no lo había manifestado anteriormente porque “nadie en mi familia lo sabía”.

En la instancia de alegatos, el fiscal federal, Rafael Vehils Ruiz, remarcó que Córdoba llegó a debate imputado por el delito de “transporte de estupefacientes”, una infracción a la Ley Nacional 23.737.

Detalló que a su nombre se había enviado una encomienda con repuestos para motos y, en medio, estaba la sustancia. “Era para varios amigos”, destacó el representante del Ministerio Público Fiscal. A su entender, esta declaración resultó contradictoria o, desde otro punto de vista, como “medias verdades”. “A Córdoba se lo detiene con una caja con 179 gramos de marihuana”, enfatizó.

Al mismo tiempo, aclaró que esa cantidad excede lo requerido como ser considerado como “de consumo personal”. Sin embargo, para el fiscal, en esta instancia “sin certeza no se puede acusar”. Por lo que consideró que la imputación con la que venía no era la adecuada. Consideró que el consumo personal quedó acreditado. Por ello, cambió la acusación a “tenencia simple”, más multa económica y una pena en suspenso por dos años.

A su turno, Luciano Rojas, el abogado defensor, destacó que su cliente confesó el hecho. Coincidió con el representante del Ministerio Público Fiscal en la calificación y en la pena. Dado que el pedido del castigo era de cumplimiento efectivo y su cliente se encontraba privado de la libertad, solicitó que se ordene su inmediata libertad.

Luego de breve cuarto intermedio, el juez federal Reynaga dio a conocer el veredicto. Declaró a Samuel Gustavo Córdoba culpable en el delito de "tenencia simple", con una condena de dos años de prisión en suspenso. Al mismo tiempo, resolvió el cese de prisión y fijó pautas de conductas, entre ellas que efectúe trabajo comunitario.El Ancasti
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