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Presidente del Concejo en Andalgalá: “Ni el municipio ni el CD pueden decidir sobre los recursos naturales”

El presidente del Concejo Deliberante (CD) de Andalgalá, Sebastián Almada, opinó sobre el fallo de la Corte de Justicia que declaró inconstitucional la ordenanza antiminera. En este sentido, el edil de la oposición en el departamento remarcó que “ni el municipio ni el CD tienen la facultad de decidir sobre los recursos naturales”.

“No me sorprendió el fallo de la Corte porque creo en la Justicia”, dijo el concejal para remarcar que no tenía dudas sobre una sentencia favorable ya que fue “una ordenanza que se aprobó entre gallos y medianoche, sin consulta a la sociedad y con fines políticos más que una ordenanza pensada en el bien de la comunidad”.

Almada evaluó que la normativa municipal fue tomada como un catalizador para quienes están en contra de la actividad minera en base a que fue aprobada en el 2016 por unanimidad. A la vez, contrastó que hay dos posturas por parte de los ciudadanos que se oponen: una en base a la cuestión ambiental y la otra de aquellos que no percibieron los beneficios de la actividad.

Sobre ese segundo grupo, el edil distinguió que “no es culpa de la actividad si no de quienes administraron los recursos en el Municipio, ya que se podrían haber realizado muchas obras importantes, sostenibles, pero la sociedad no lo pudo percibir producto de una mala administración; no hubo visión a futuro”.

En tanto, ahondó en los motivos por el cual no le resultó sorpresiva la sentencia del máximo tribunal de Justicia local. “La Constitución nacional, la provincial y nuestra misma Carta Orgánica Municipal (COM) son claras respecto al tema minero”, indicó. En este orden de ideas, rescató el artículo 76 de la Carta Magna catamarqueña donde claramente dice que “los minerales y las fuentes naturales de energía pertenecen al dominio público privado, con lo cual el Municipio no es competente sobre qué se prohíbe y qué se permite”.

El edil también llevó a colación dos artículos de la COM. El 143 donde se refleja que “el municipio promoverá y estimulará la actividad minera como medio destinado al desarrollo” y el 145, donde se indica que la comuna “colaborará en acciones tendientes en la búsqueda de capitales e inversores para la actividad minera en concordancia con los organismos competentes de Nación y la Provincia”. De esta forma, subrayó que toda la normas superiores a la ordenanza “son muy claras” al respecto. esquiu

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