Saujil se adhiere de forma parcial al Decreto Provincial

El intendente Lucas Carrazana, en acuerdo con el Centro Operativo de Emargencia, firmó el decreto 029/21 de adhesión parcial del Decreto Provincial 668/2021. El instrumento firmado por el jefe comunal es a fin de implementar nuevas restricciones por un tiempo determinado, hasta tanto se pueda garantizar la contención sanitaria preventiva necesaria para toda la Jurisdicción. Que es facultad del municipio responder y velar por salvaguardar la salud de sus comunidades.

En cuanto a las medidas a implentertarse a partir de las cero horas (00:00 hs) se destaca:

- Se prohíbe la circulación en todo el ámbito de la jurisdicción municipal desde la 00:00 hasta la 7:00 hs de cada día, excepto esenciales y autorizados por el término de 7 ( siete) días hasta el 19 de abril inclusive.

- Continuar con la suspensión de las clases de modo presencial en todo el territorio de la jurisdicción en todos sus niveles - Continuar con la suspensión de las actividades culturales, religiosas, deportivas, recreativas, grupales e individuales ( tales como gimnasios, running, ciclismo, clases de zumba, danzas, fútbol, basquet, voley etc.) en todo el ámbito de la jurisdicción municipal, excepto actividad individual por prescripción médica.

- Quedan suspendidas las actividades de la administración pública excepto áreas exceptuadas conforme al decreto provincial y / o aquellas ordenadas por autoridad competente.

- Se suspenden las actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, excepto para la asistencia de personas que requieran especial cuidado.

- Apertura de comercios en general, en horario de 7 a 22:00hs

- comercios dedicados a la gastronomía y afines al aire libre con el 70% de su capacidad y en espacios cerrados con el 30% de su capacidad hasta la hora 24:00, al igual que el servicio de delivery.

- Se prohíbe en todo el ámbito de la jurisdicción municipal la realización de actividades, espectáculos públicos, y o eventos deportivos recreativos y sociales en cumplimiento a lo establecido en el presente instrumento.

- La actividades autorizadas deberán cumplir de manera estricta con los protocolos aprobados para cada una de ellas. Ante el incumplimiento de las restricciones y medidas dispuestas, serán de aplicación las sanciones previstas en el decreto N1578/2020

Publicar un comentario

0 Comentarios