A la cámara de Diputados de Catamarca ingresó un proyecto de Ley en el cual se propone que si un empleado público fallece por causa de Covid-19, el lugar que quede vacante sea ocupado por un familiar del agente público.
El proyecto que es autoría de la diputada Provincial del Frente de Todos (FT), Analía Brizuela, prevé que se implemente “en caso de fallecimiento de un agente perteneciente a la planta de la Administración Pública Provincial, cuyo deceso se produzca en circunstancias contraídas por el virus del Covid-19, la vacante será ocupada por un familiar de primer grado de consanguineidad”.
Además, Brizuela menciona que se tendrá que tener en cuenta las siguientes condiciones que “el agente causante al momento de su deceso haya sido el único sostén del núcleo familiar” y que “al momento de su deceso haya tenido un hijo menor de edad o mayor de edad con discapacidad física o mental de cualquier tipo o con guarda, tenencia o cuidado personal de un menor de edad a través de la respectiva resolución judicial, siendo este caso la única excepción a lo establecido en el artículo 21”. Asimismo, en el articulado propone que se invite a adherirse a la presente Ley, en caso de ser aprobada, a los municipios que cuenten con Carta Orgánica Municipal.
En los fundamentos, Brizuela expresa que “en este marco podemos resaltar que hay familias en las cuales uno solo de sus miembros trabaja, no por decisión propia, sino por situaciones ajenas a ellos y cuando éste muere deja al resto aislado de los beneficios económicos, de salud y educación entre otros, que son vitales para el logro de una buena calidad de vida”, agregando que “a raíz de esta circunstancia se pretende a través de la presente Ley garantizar la protección integral de la familia, teniendo en cuenta que esto no implica erogación adicional al Estado”.
“Lo pretendido en las condiciones requeridas, es reconocer una suerte de ‘título’ de naturaleza hereditaria, que soslaya toda consideración acerca de la pertenencia y naturaleza de los cargos públicos. En este sentido, también es preciso señalar que los mismos pertenecen al Estado en miras a la satisfacción del interés público, por lo que ninguna persona puede obligar a la Administración a que le confiera una función o empleo público”, refiere.
Finalmente, la legisladora oficialista expresó que “en este contexto creo que se debe contemplar la angustiosa situación por la que atraviesa la familia del trabajador; en consecuencia, se debe habilitar la ampliación de las posibilidades de acceso al derecho consagrado”.
0 Comentarios
El Sitio no se hace responsable de las opiniones de sus colaboradores ni de las reflejadas por sus lectores en los comentarios de noticias o artículos, correspondiendo toda responsabilidad a la persona que realiza tales comentarios o expone esas opiniones. No se permiten comentarios ofensivos o insultantes, los cuales serán bloqueados en forma automática por el sistema.