AFB: varios simpatizantes no podrán ingresar las canchas

El Tribunal de Disciplina de la Asociación Futbol de Barrios sancionó a varios simpatizantes. Y aun se espera la resolución del partido suspedido entre Huracán-Huasán.

1 - Sanciones a jugadores:
* Gordillo Nelson - Huracán - art. 207 - 1 partido
* Martinez Pedro - Santa Rita - art. 207 - 1 partido
* Portales Angel - Choya - art. 207 - 1 partido
* Rios Juan - Santa Rita - art. 204 - 3 partido
* Flores Juan - Choya - art. 204 - 3 partido
* Vazquez Luciano - San Isidro - art. 204 - 3 partido
* Alvarez Diego - San Isidro - art. 207 - 1 partido
* Brizuela Diego - San Isidro - art. 207 - 1 partido
* Moya Carlos - San Isidro - art. 207 - 1 partido

2) Este Tribunal RESUELVE dejar sin efecto el levantamiento de la sanción al jugador del Club Santa Lucia Cisneros Federico aplicándole al mismo la suspensión por 6 (SEIS) partidos según el Art. 1852

3) Sancionar al jugador del Club Santa Lucia Aguilera facundo con 1 (UNO) Partido de suspensión según Art. 482 (REINCIDENTE), sobre sanción aplicada mediante resolución con fecha 13 del corriente mes.

4) Este Tribunal CITA al jugador Rios Thiago del Club San Isidro de 4ta división para el día martes 27 a horas 19:30 a la Sede de la AFB, acompañado por dirigente del Club o en su defecto con su respectivo tutor.

5) Este Tribunal SANCIONA al simpatizante y jugador del Club Huasán Herrera Esteban con 30 (TREINTA) días de inhabilitación, según Art, 248

6) Sancionar a la simpatizante del Club Huasan Diaz Gabriela con 30 (TREINTA) días de inhabilitación y prohibición al ingreso a las canchas pertenecientes a la A.F.B

7) Sancionar al simpatizante del Club Huasán Carlos Rasgido con 90 (NOVENTA) días de inhabilitación y prohibición al ingreso a las canchas pertenecientes a la A.F.B

8) Sancionar al Dirigente del Club Huasan Alvarez Cristial con 90 (NOVENTA) días de inhabilitación y prohibición al ingreso a las canchas pertenecientes a la A.F.B, según Art. 248.

9) Sancionar al simpatizante y jugador del Club Huracán Gordillo Lucas con 30 (TREINTA) días de inhabilitación, según Art, 248.

10) Este Tribunal DA LUGAR a la protesta de puntos realizada Por parte del Club Unión Progresista en el partido di contra su símil Huracán en la división por mala inclusión del jugador Miranda Pedro, con resultado 1 a 0 favor a Unión Progresista.

11) Este Tribunal Solicita a Mesa Directiva lista de buena fe y fichas del Club Huracán y Unión Progresista de división femenina Para el día martes 27 del corriente mes.

12) Este Tribunal sugiere a Mesa Directiva que en los partidos que se disputen en la AFB, dirigentes, jugadores y simpatizantes e integrantes del cuerpo técnico que en forma fisica y verbal a los árbitros serán sancionados como conductas con sanciones de prohibición de admisión a las canchas y/o multas valor de quien pertenecen los agresores

13)Reiteramos: Este Tribunal solicita a los Sres. Árbitros de la AFB, que los INFORMES y PLANILLAS sean presentadas en tiempo y forma como así también confeccionados en forma clara y legible, detallar nombre y apellido del jugador informado, DNI, Club al que como así también firma y aclaración de la misma en la planilla de los Sres árbitros

14) Se pide a Mesa Directiva, de la AFB, que se haga un llamado de atención a todos los clubes que integran la misma, para que cuando se desarrolle la jornada deben presentar tres pelotas en condiciones para disputar los encuentros. De no ser asi el Arbitro realizara el informe correspondiente y serán sancionados con una multa.-

15) Este Tribunal informa a los delegados de los clubes de la Asociación Futbol de Barrios que, los reclamos y/o apelaciones, se deben efectuar - hasta dentro de los 07 (siete) dias, una vez dada lectura a las sanciones en resolución. Pasado este plazo, no tendrán efecto la protesta. Asi mismo se les comunica que, los informes arbitrales no serán mas leidos en reunión de mesa directiva. Para solicitar la lectura de los mismos, deberán dirigirse mediante nota al Tribunal de Penas.

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