
Esta medida adoptada por el Municipio se da acuerdo a lo establecido por el Decreto 0101/2021 y debido a la situación epidemiológica del departamento.
D E C R E T O N° 0101/2021.-
V I S T O:
La situación epidemiológica nacional, provincial, regional y local en torno a la propagación del virus Covid-19; y, CONSIDERANDO:
Que en el territorio de nuestra jurisdicción municipal se han detectado al día de la fecha un centenar de casos positivos de COVID-19, y se encuentra en aislamiento otro tanto de personas que fueron contactos de estos casos.
Que desde el área competente se están tomando todas las medidas para constatar y evitar la existencia de nuevos casos. Que corresponde destacar, en función de la evolución de la epidemia en las distintas jurisdicciones, tomando en cuenta parámetros definidos (tiempo de duplicación de casos, presencia de transmisión comunitaria, sistema sanitario), se debe permitir el cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” de la población en general.
Que el Jefe del Departamento Ejecutivo Municipal estima acertado, otorgar asueto al personal de la Administración Pública Municipal el día 31 de marzo de 2021, e instruir a las distintas áreas municipales a implementar las medidas necesarias a fin de mantener la continuidad de las actividades pertinentes vinculadas a servicios esenciales.
El Artículo 49 de la Carta Orgánica Municipal que establece: “La Municipalidad promoverá la prevención, recuperación y rehabilitación de la salud física, social y mental de la comunidad, propiciando todo hecho… tendientes a la protección de la salud”.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias, el Sr. Intendente Municipal: DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLÁRASE Asueto para el personal de la Administración Pública de la Municipalidad de Andalgalá, el día 31 de marzo de 2021, por las razones esgrimidas en los Considerandos del Presente Decreto.
ARTÍCULO 2º: INSTRÚYASE a las distintas áreas municipales a implementar las medidas necesarias a fin de mantener la continuidad de las actividades pertinentes vinculadas a servicios esenciales.
ARTÍCULO 3°: NOTIFÍCASE del presente a todas las Dependencias Municipales, a los fines de su conocimiento y accionar que hubiere lugar.
ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE, DÉSE al Registro Municipal y ARCHIVESE.
que raro, nunca trabajan
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